Con el fin de prevenir accidentes en sistemas de transporte vertical, que funcionan en edificios públicos o privados, se vienen adoptando normas o decretos en cada municipio, que obligan a someter los equipos como ascensores o elevadores a una revisión y acreditación general anual.
Las normas que hasta el momento están vigentes en ciudades como Bogotá, Cali, Medellín, Cartagena, Ibagué y Rionegro, pero que también se tramitan en otras ciudades, estos decretos obligan a los administradores de edificios en que funcionen ascensores, escaleras mecánicas, rampas y puertas eléctricas a contratar, al menos cada año, el diagnóstico, la revisión y acreditación del óptimo funcionamiento de tales aparatos.
- Bogotá: Acuerdo 470 de 2011, Decreto 663 de 2011, Resolución 092 de 2014 – FOPAE, Resolución 221 de 2014 (FOPAE)
- Cartagena: Acuerdo 016 de 2016
- Medellín: Decreto 0471 de 2018 (Capítulo II, artículo 226-10)
- Ibagué: Acuerdo 007 de 2018
- Rionegro: Decreto 215 de 2016
- Cali: Acuerdo Nº 0450 de 2018
- Bucaramanga: Acuerdo Nº 048 de 2018