Revisión de ascensores y elevadores

La normatividad, hasta ahora adoptada, es clara en indicar que la revisión general anual de los ascensores no reemplaza el mantenimiento preventivo que se debe realizar a estos mismos sistemas de transporte vertical con la periodicidad establecida por las empresas fabricantes o instaladoras de los mismos.

Sobre esto es importante resaltar que el mantenimiento preventivo de los equipos es una obligación de todos los administradores de edificios sometidos a propiedad horizontal. Pues de no hacerse y presentarse una falla en los mismos, que genere daños económicos o lesiones a personas, las compañías de seguros podrían negar el pago de estas pérdidas o reclamaciones. Precisamente porque la falta de mantenimiento de un ascensor es, en sí mismo, un incumplimiento de las garantías que normalmente son exigidas en seguros de propiedad horizontal.

Sumado a esto, si la falta de mantenimiento genera que el equipo produzca un daño en la integridad o la vida de sus usuarios. Además, el administrador podría ser juzgado penalmente y responsabilizado por delitos de lesiones personales y homicidio, con sus consecuencias también patrimoniales a título personal.

Corresponderá a los administradores contratar el servicio de certificación para la correcta operación de los equipos. Todo esto de conformidad con la correspondiente Norma Técnica para la revisión técnico mecánica de sistemas de transporte vertical, que para el caso será la NTC 5926-1 para ascensores electromecánicos e hidráulicos.

Exhibición de certificación y deber ciudadano de denunciar

Conforme con las normas adoptadas, es obligación de los administradores ubicar a la entrada del aparato, en un lugar visible, la certificación de revisión general anual, una vez esta se efectúe. Con el fin de dar cumplimiento a esta norma y así garantizar a los usuarios su derecho a utilizar equipos en óptimo funcionamiento. Además, se ha regulado el derecho-deber de denunciar, ante la respectiva autoridad de Policía Local, cuando los aparatos no cuenten con la certificación de revisión general anual o se encuentren vencidas.

‘’Revisión Tecnico-Mecánica de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas. Parte 1: Ascensores electromecánicos e hidráulicos’’